El mapa previo al sometimiento
Cada agencia, revisión y visto bueno que tu solar y tu uso realmente activan bajo el Reglamento Conjunto, trazados antes de llenar un solo formulario.
permisos · OGPe · Reglamento ConjuntoPermisos de construcción en Puerto Rico
La mayoría de los atrasos de permisos en Puerto Rico no son un formulario difícil. Son el orden equivocado: una revisión o un visto bueno que debió ocurrir antes de someter a la OGPe.
Secuencia. Somete. Avanza.
Revisión sin compromiso. Respondemos en un día laborable, por escrito.
Cómo funciona
Dinos el uso que piensas darle y la fecha límite con la que trabajas, y te decimos claro cómo luce el trámite del permiso.
Contra qué se mide la secuencia
El código unificado de permisos de Puerto Rico (Reglamento Conjunto). Rige cómo se someten y revisan la mayoría de los permisos de construcción y de uso, y qué requiere cada uno.
La oficina de permisos por la que pasa la mayoría de los sometimientos. Saber qué necesita, y en qué orden, es la diferencia entre un expediente que avanza y uno detenido.
El permiso que autoriza cómo se usa legalmente una propiedad. Uno ausente o equivocado es una brecha común y heredable en una compra o un cambio de uso.
Trabajar en o cerca de una zona histórica activa una revisión del Instituto de Cultura Puertorriqueña (ICP) que corre en paralelo con el trámite del permiso y puede reiniciarlo si se descubre tarde.
El código vigente, que adopta el Código Internacional de Construcción (IBC). El estándar contra el que se revisa y se construye un proyecto en cumplimiento.
Cronograma
No hay una sola respuesta, porque la ley de Puerto Rico no fija un cronograma único de permisos. Fija un término máximo de evaluación para cada tipo de trámite, y ese término le pertenece a la entidad que evalúa, no a tu proyecto. Esto es lo que fija el estatuto, y luego lo que de verdad mueve la fecha que te importa.
Lee esto antes de los números
| Trámite | Término máximo estatutario | Cuándo empieza ese reloj |
|---|---|---|
| Recomendaciones de agencias, antes de someter | 15 días naturales para proyectos ministeriales y 30 días naturales para los discrecionales. Para las recomendaciones de recursos naturales sobre un solar en área ecológicamente sensitiva, 45 días naturales, con una extensión permitida de 15 días naturales. A la agencia que se queda callada pasado su término se le entiende que no tiene recomendaciones ni objeciones. | Con la solicitud de recomendación. Esta etapa corre antes de la solicitud de permiso o consulta, no dentro de ella. |
| Solicitud certificada bajo la Ley 135-1967 | 5 días laborables para determinar que la solicitud está completa y validarla, y luego 2 días laborables para expedir. | Con la presentación, y luego con la validación. Si pasan los 5 días laborables sin que te notifiquen nada, el término de 2 días laborables para expedir corre igual. |
| Permiso ministerial no presentado bajo la Ley 135-1967 | 30 días para evaluar y adjudicar. | Cuando se valida la solicitud. |
| Trámite discrecional sin vista pública | 120 días para evaluar y adjudicar. | Cuando se da por completada la solicitud. |
| Trámite discrecional con vista pública, o que requiere una Declaración de Impacto Ambiental (DIA) | 180 días para evaluar y adjudicar. | Cuando se da por completada la solicitud. |
Los términos de arriba son la parte del cronograma que la ley controla. Esto es lo que no controla, y ahí es donde se van los meses.
Si tu municipio tiene facultades de permisos delegadas, tu expediente lo evalúa el municipio y no la OGPe. Los máximos estatutarios de arriba lo siguen topando: el Reglamento Conjunto y una orden administrativa del Secretario Auxiliar pueden acortar el término de un tipo de trámite, pero ninguno de los dos puede pasarlo del estatuto.
Dinos en qué trámite estás y la fecha a la que apuntas, y te decimos cuál de estos términos aplica de verdad a tu expediente.
El trabajo que hacemos
Un permiso avanza cuando las revisiones están en el orden correcto. Estas son las cuatro piezas del frente que mapeamos y secuenciamos para ti, antes de llenar un solo formulario.
Cada agencia, revisión y visto bueno que tu solar y tu uso realmente activan bajo el Reglamento Conjunto, trazados antes de llenar un solo formulario.
permisos · OGPe · Reglamento ConjuntoCuando una revisión patrimonial del ICP (Ley 89-1955) u otro visto bueno tiene que ocurrir, lo secuenciamos para que no aparezca tarde y reinicie el reloj.
ICP · patrimonio · secuenciaEl permiso de ocupación que autoriza cómo se usa la propiedad, verificado y obtenido para una compra, un cambio de uso o una construcción nueva.
uso · ocupación · Permiso de UsoEl récord de la OGPe leído contra lo realmente construido, para que el trabajo sin permiso heredado y las violaciones abiertas aparezcan antes de volverse tuyos.
violaciones · récord · OGPeLo que revela un análisis de permisos
Arriba está el trabajo que hacemos; estas son las condiciones específicas que ese trabajo encuentra en propiedades de Puerto Rico, y por qué cada una decide si el cronograma se sostiene.
Qué es: un visto bueno de agencia o una revisión patrimonial sometidos fuera de orden. Por qué importa: descubrirlo después de someter reinicia el reloj de la OGPe y el presupuesto alrededor.
secuencia · ordenQué es: un edificio operando sin Permiso de Uso válido, o con uno que no coincide con el uso real. Por qué importa: es una brecha común y heredable que bloquea un cierre o una renovación.
uso · ocupaciónQué es: construcción que el récord de la OGPe no refleja, o una violación abierta contra la propiedad. Por qué importa: pasa al próximo dueño y hay que resolverla antes de que el permiso avance.
violaciones · récord¿Compraste una propiedad con brechas de permisos?
Cuando compras, las brechas del vendedor se vuelven tuyas: trabajo que el récord de la OGPe nunca reflejó, un uso que nunca se autorizó, una violación abierta contra la propiedad. Leemos el récord contra lo realmente construido y te decimos qué hace falta para resolverlo, antes de que bloquee tu próximo paso. El lado del título y la contribución se queda con tu abogado o notario; nosotros respondemos por el lado del permiso y del código.
¿Heredaste una brecha que no creaste? Envíanos la dirección y te decimos qué muestra el récord.
Quién responde por esto
Tu ruta de permiso no es la lista de cotejo de un oficinista. Es el análisis de un ingeniero de Puerto Rico que responde por él, el PE que lo firma, que secuencia dentro de su alcance para que el documento se sostenga donde importa.
El ingeniero responsable
Cada decisión de secuencia en tu ruta de permiso es una que firmo con mi sello. Esa es la diferencia entre una corazonada y la ingeniería con responsabilidad.
Edgardo L. Santiago Martínez, PE Director de Ingeniería · PE Lic. #12474, CIAPR Preguntas
¿Aún decidiendo? Pregúntanos directamente, sin compromiso, y recibes respuesta en un día laborable.
La Ley 161-2009 fija un término máximo de evaluación por trámite, no un cronograma único: 2 días laborables para expedir una solicitud certificada bajo la Ley 135-1967 una vez validada, 30 días para un permiso ministerial, 120 días para un trámite discrecional sin vista pública y 180 días cuando hay vista pública o se requiere una Declaración de Impacto Ambiental. Son términos de evaluación, no tiempo de calendario transcurrido. El reloj empieza cuando la solicitud se valida o se da por completada, y el estatuto lo detiene mientras contestas un requerimiento de subsanación.
Casi siempre es la secuencia, no el papeleo. Una revisión o un visto bueno que debió ir primero aparece después de someter y reinicia el reloj. Mapear el frente antes de someter a la OGPe es lo que mantiene el cronograma real.
La Oficina de Gerencia de Permisos, la oficina de permisos de Puerto Rico. Opera bajo el Reglamento Conjunto, el código unificado de permisos (Ley 161-2009). La mayoría de los permisos de construcción y de uso pasan por ella.
Es el permiso de ocupación que autoriza cómo se usa una propiedad. Comprar o cambiar el uso de un edificio sin uno válido es una brecha común y heredable que verificamos.
La brecha pasa a ti. Leemos el récord de la OGPe contra lo realmente construido, marcamos las violaciones y te decimos la ruta para resolverlas. El lado del título legal se queda con tu abogado o notario.
La secuenciamos. Trabajar en o cerca de una zona histórica activa una revisión del ICP bajo la Ley 89-1955 que corre en paralelo con tu trámite de permiso. La mapeamos para que no aparezca tarde.
No. Renovaciones, ampliaciones y cambios de uso tocan el trámite de permiso. Mientras antes secuenciemos, menos probable es que una aprobación reinicie otra.
Sí. Los récords y la coordinación con las agencias ocurren aquí en Puerto Rico; te reportamos y coordinamos contigo donde estés.
El orden equivocado detiene el permiso. El correcto lo echa a andar.
Secuéncialo antes de someter
Unos detalles, el uso que piensas darle y tu fecha límite. Respondemos en un día laborable, por escrito, con próximos pasos.
Canales directos
Respuesta en un día laborable. Comunícate por cualquier canal y recibes respuesta en un día laborable, siempre.
¿No sabes en qué parte del trámite estás?
Esa es justo la primera llamada. Dinos la propiedad y el plan, y te decimos cómo luce la ruta del permiso antes de que te comprometas.